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World: Los niños y los conflictos armados - Informe del Secretario General (A/68/878–S/2014/339)

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Source: UN Security Council, UN General Assembly
Country: Afghanistan, Central African Republic, Chad, Colombia, Côte d'Ivoire, Democratic Republic of the Congo, India, Iraq, Lebanon, Libya, Mali, Myanmar, Nigeria, occupied Palestinian territory, Pakistan, Philippines, Somalia, Sudan, Syrian Arab Republic, Thailand, Uganda, World, Yemen, South Sudan
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Asamblea General Sexagésimo octavo período de sesiones Tema 65 del programa Promoción y protección de los derechos del niño

Consejo de Seguridad Sexagésimo noveno año

I. Introducción

1.El presente informe, que abarca el período comprendido entre enero y diciembre de 2013, se presenta en cumplimiento de lo dispuesto en la resolución 2068 (2012) del Consejo de Seguridad, en la que el Consejo me solicitó que le siguiera presentando informes anuales sobre la aplicación de sus resoluciones y de las declaraciones de su Presidencia relativas a los niños y los conflictos armados.

2.En el informe se destacan las tendencias mundiales en relación con los efectos de los conflictos armados en los niños en 2013 y las principales actividades e iniciativas con respecto a la aplicación de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y las conclusiones de su Grupo de Trabajo sobre los Niños y los Conflictos Armados. A modo de seguimiento del informe anterior (A/67/845-S/2013/245), en este informe se presentan datos actualizados sobre la cooperación entre los asociados del programa sobre los niños y los conflictos armados, incluso dentro del sistema de las Naciones Unidas.

3.De conformidad con las resoluciones del Consejo de Seguridad sobre los niños y los conflictos armados, en los anexos del presente informe se incluyen listas de las partes que, en contravención del derecho internacional, reclutan o utilizan niños, cometen actos de violencia sexual contra niños o causan la muerte o mutilación de niños o llevan a cabo ataques frecuentes contra escuelas u hospitales o agresiones o amenazas de agresión frecuentes contra personal protegido.

4.Las Naciones Unidas han investigado y documentado toda la información que se presenta en este informe y han verificado su exactitud. En los casos en que factores como la inseguridad o las restricciones de acceso limitaron la capacidad para obtener o verificar la información de modo independiente, esto se hace constar.
Durante la preparación del informe se celebraron amplias consultas en el seno de las Naciones Unidas, tanto en la Sede como sobre el terreno, y con los Estados Miembros pertinentes.

5.De conformidad con lo dispuesto en la resolución 1612 (2005) del Consejo de Seguridad, y para determinar las situaciones que abarca su mandato, mi Representante Especial para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados se atiene a los criterios que recogen el derecho internacional humanitario y la jurisprudencia internacional para determinar la existencia de un conflicto armado.
En el desempeño de su mandato, mi Representante Especial ha adoptado un enfoque pragmático y de cooperación en este ámbito haciendo hincapié en los principios humanitarios, a fin de proporcionar una protección amplia y eficaz a los niños afectados por los conflictos que se encuentran en situaciones preocupantes. La referencia a una situación no es una determinación jurídica y la mención de una parte no estatal no afecta a su estatuto jurídico.


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